Importancia de Hacer Testamento
Sin testamento, la distribucion de sus bienes se realizara segun las reglas de la sucesion intestada establecidas en el Codigo Civil, que pueden no coincidir con su voluntad. El testamento le permite decidir a quien dejar sus bienes, en que proporcion, establecer condiciones, nombrar tutores para hijos menores, reconocer hijos, hacer legados especificos y dar instrucciones sobre el manejo de su patrimonio. Hacer testamento evita conflictos familiares y facilita el proceso sucesorio para sus herederos.
Quien Puede Hacer Testamento
Puede hacer testamento cualquier persona mayor de dieciocho anos que se encuentre en pleno uso de sus facultades mentales. No pueden testar los menores de edad, las personas que hayan sido declaradas judicialmente como incapaces, ni quienes se encuentren en estado de perturbacion mental al momento de otorgar el testamento. La capacidad se presume, por lo que quien alegue la incapacidad del testador debera probarla judicialmente.
Proceso para Otorgar Testamento
El proceso mas comun es el testamento abierto ante notario. El testador acude a una notaria publica con su cedula de identidad y comunica al notario su voluntad sobre la distribucion de sus bienes. El notario redacta el testamento asegurandose de que cumpla con todos los requisitos legales. Se convoca a tres testigos instrumentales que deben estar presentes durante la lectura y firma del documento. El notario lee el testamento en voz alta, el testador confirma que refleja su voluntad, y todos firman.
Contenido del Testamento
El testamento debe incluir la identificacion completa del testador, la declaracion de que actua en pleno uso de sus facultades mentales, la designacion de los herederos y las porciones que les corresponden, los legados especificos si los hubiere, el nombramiento de un albacea para administrar la herencia, y cualquier otra disposicion que el testador desee incluir como el reconocimiento de hijos, la designacion de tutores para menores, o instrucciones especiales sobre el manejo de ciertos bienes.
La Legitima y las Mejoras
El Codigo Civil nicaraguense establece la legitima, que es la porcion de la herencia que obligatoriamente corresponde a ciertos herederos llamados forzosos o legitimarios. Los herederos forzosos son los hijos y descendientes, los padres y ascendientes, y el conyuge sobreviviente. El testador no puede privar a estos herederos de su legitima, salvo por causas expresamente previstas en la ley como la indignidad. La porcion disponible es la parte de la herencia que el testador puede asignar libremente a quien desee.