¿Qué es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto que grava el valor agregado en cada etapa de la cadena de producción y comercialización. Se aplica sobre la enajenación de bienes, la prestación de servicios y las importaciones de bienes. El consumidor final es quien asume el costo del impuesto, mientras que los negocios actúan como recaudadores del mismo.
Tasa del IVA en Nicaragua
La tasa general del IVA en Nicaragua es del quince por ciento (15%) sobre el valor de la transacción. Esta tasa se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, salvo aquellos que están exentos o que tienen tasas especiales. La tasa no ha cambiado desde la implementación de la Ley de Concertación Tributaria.
Bienes y Servicios Exentos
La ley establece exenciones para ciertos bienes y servicios considerados de primera necesidad o interés social. Entre los bienes exentos se encuentran los productos de la canasta básica tributaria, los medicamentos genéricos, los libros y materiales educativos, y ciertos insumos agropecuarios. Entre los servicios exentos están los servicios de salud, los servicios educativos, el transporte público terrestre y ciertos servicios financieros básicos.
Crédito Fiscal
El crédito fiscal es el IVA que el contribuyente paga a sus proveedores al adquirir bienes y servicios para su actividad gravada. Este IVA pagado puede restarse del IVA que cobra a sus clientes (débito fiscal). La diferencia es el monto que debe enterarse a la DGI. Si el crédito fiscal supera al débito fiscal, el saldo a favor puede trasladarse a los meses siguientes hasta compensarse completamente.
Facturación del IVA
Los contribuyentes del Régimen General deben emitir facturas que desglosen el IVA separadamente del precio del bien o servicio. Las facturas deben cumplir con los requisitos formales establecidos por la DGI, incluyendo: número de factura consecutivo, número RUC del emisor, fecha de emisión, descripción del bien o servicio, precio unitario, subtotal, IVA desglosado y total. Las facturas que no cumplan estos requisitos no generan crédito fiscal para el comprador.
Declaración y Pago
El IVA se declara y paga mensualmente ante la DGI. La declaración debe presentarse durante los primeros quince días del mes siguiente al período gravado, a través de la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET). En la declaración se reporta el total de débitos fiscales (IVA cobrado), los créditos fiscales (IVA pagado a proveedores) y la diferencia a pagar o el saldo a favor.
IVA en Importaciones
Las importaciones de bienes están gravadas con IVA al quince por ciento, que se paga al momento del despacho aduanero. El IVA pagado en importaciones constituye crédito fiscal para el importador y puede acreditarse contra el IVA de sus ventas internas.