Union de Hecho Estable en Nicaragua

La union de hecho estable es la relacion de convivencia entre un hombre y una mujer que, sin estar formalmente casados, mantienen una vida en comun de manera publica, continua y estable. El Codigo de Familia de Nicaragua (Ley 870) reconoce esta union y le otorga efectos juridicos similares al matrimonio.

Requisitos para el Reconocimiento

Para que una union de hecho estable sea reconocida legalmente, debe cumplir con los siguientes requisitos:

Como se Registra la Union de Hecho

La union de hecho estable puede registrarse de dos formas:

Declaracion Voluntaria ante Notario

  1. Ambos convivientes acuden ante un notario publico
  2. Declaran su union de hecho estable
  3. El notario levanta acta notarial
  4. Se inscribe en el Registro del Estado Civil
  5. Costo: C$3,000 a C$6,000

Declaracion Judicial

  1. Uno de los convivientes presenta solicitud ante el Juzgado de Familia
  2. Se presentan pruebas de la convivencia (testigos, documentos, fotos)
  3. El juez declara la existencia de la union
  4. Se inscribe en el Registro Civil
  5. Costo: C$5,000 a C$15,000

Derechos que Genera la Union de Hecho Estable

Una vez reconocida, la union de hecho estable genera los siguientes derechos:

Diferencias con el Matrimonio

Disolucion de la Union de Hecho

La union de hecho estable se disuelve por:

Proteccion de Bienes

Si usted esta en una union de hecho y desea proteger sus bienes individuales, puede: